El artículo 2, del Estatuto de la Fundación, al definir el objeto de la misma, dice:
ARTICULO 2°.- La “FUNDACIÓN PRESENCIA PRESENTE” tendrá por objeto la educación integral de niños, jóvenes y adultos, en contextos de vulnerabilidad, personas afectadas por discapacidades, sean éstas mentales o físicas, sensoriales, psicofísicas, permanentes o temporarias o de cualquier índole, centrándose en la educación formal e informal, especialmente orientada a aquellos que menos tienen, a los que no tienen posibilidad de acceso a la educación, y a aquellos que no tienen igualdad de oportunidades. En este contexto de vulnerabilidad se busca la promoción humana, por lo que se está convencido de que el Hombre se hace más hombre en la medida que se acerca a Cristo. Por eso la presencia de esta Fundación, en medio de una comunidad barrial intentará hacer presente a Cristo a través de una obra educativa. Teniendo la certeza de que esa obra contribuirá al desarrollo integral de todas aquellas personas que participen de ella.
Esto vale no solamente para los cristianos, sino también para todos los hombres de buena voluntad, en cuyo corazón obra la gracia de modo invisible.
Para dar inicio al cumplimiento del objeto social se desarrollará la formación de una unidad educativa de gestión social.
Asimismo fomentara la creación de talleres de capacitación laboral a fin de facilitar el desarrollo de habilidades, destrezas y el aprendizaje de herramientas para el mundo del trabajo, para lo cual incentivará el dictado de cursos, charlas, conferencias, todo ello siempre tendiente al perfeccionamiento, capacitación global e integral de la persona. Se trabajará en áreas de estimulación temprana, jardines terapéuticos, de fonoaudiología, psicología, de música, de educación física, kinesiología. Para el cumplimiento de este fin contratará y /o recibirá a docentes, capacitadores o profesionales que sean nombrados afectados, adscriptos a esta institución por el Ministerio de Educación de la Nación, Ministerio de Gobierno Justicia y Educación y el Consejo General de Educación de la Provincia de Entre Ríos, de las Municipalidades u otros organismos públicos o privados, nacionales o extranjeros; siendo la anterior enumeración solamente enunciativa y no limitativa
La fundación se reserva el derecho de contratación y de admisión de los docentes y del personal, en función del perfil e ideario de la escuela, para garantizas los objetivos de la fundación.
Para el mejor cumplimiento de este fin coordinara sus actividades con otras instituciones de nuestro medio y otros lugares prestará colaboración a los mismas, recibirá alumnos de esas instituciones, y promoverá la interrelación tanto educativa, laboral, social y cultural de sus alumnos con las demás instituciones, utilizando para ellos cualquiera de los medios a su alcance sean materiales o humanos, tanto en actividades educativas, sociales, culturales como deportivas, artísticas, plásticas. Todas ellas tendientes a lograr el objeto social aquí dispuesto.

